Carpeta Tasa retributiva
Es un cobro reglamentado por el Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible desde 1997 e implementado por la Autoridad Ambiental con el propósito de reducir la contaminación hídrica al mínimo costo económico posible.
La inadecuada recolección, tratamiento y disposición de las aguas residuales, han generado una creciente problemática de contaminación ambiental y sanitaria principalmente en las fuentes abastecedoras de agua, limitando así la disponibilidad del recurso hídrico y restringiendo su uso en el país.
Con las tasas retributivas por vertimientos puntuales, junto a los demás instrumentos y políticas conducentes a la descontaminación hídrica, se contribuye en la solución de esta problemática.
La tasa retributiva es un instrumento económico diseñado para incentivar el cambio de comportamiento en los agentes económicos internalizando en sus decisiones de producción el costo del daño ambiental que ocasiona su contaminación, de forma tal que se alcance el punto en que sea más racional económicamente no contaminar que pagar la tasa; lo que se convierte así en la decisión mas costo-eficiente para el individuo y para la sociedad en su conjunto.
¿Quienes están en la obligación de pagar la tasa?
Todas las personas, industrias y empresas de servicios públicos que utilizan el Recurso Hídrico como fuente receptora de vertimientos.
¿Cuales son las principales normas?
Ley 99 de 1993 Mediante la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.
Decreto 3930 de 2010 Reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 9 de 1979, así como el Capítulo II del Título VI -Parte III- Libro II del Decreto-ley 2811 de 1974 en cuanto a usos del agua y residuos líquidos y se dictan otras disposiciones. (Derogó el Decreto 1594 de 1984).